• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: MARIA CARMEN FRIGOLA CASTILLON
  • Nº Recurso: 602/2022
  • Fecha: 20/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se trata de caso en el que, a pesar de que se había adquirido la vivienda antes del 1 de enero de 2013, no se habían practicado deducciones por ese concepto en ejercicios anteriores a esa fecha. Pues bien, la declaración en ejercicios anteriores se consideró por la Administración actuante que constituía un requisito ineludible para poder aplicar dicha deducción con posterioridad al 1 de enero de 2013, y ello con independencia de que el contribuyente no tuviera obligación de presentar declaración de IRPF en los años anteriores a 2013. Así lo confirma la sentencia. La finalidad de la norma reside en respetar el régimen de aquellos contribuyentes que, por un lado, hubieran adquirido su vivienda con anterioridad al 1 de enero de 2013, extremo este que sí cumplía en el caso. Pero, además, y como segundo requisito acumulativo, era preciso que se hubiera aplicado de forma efectiva tal deducción en las declaraciones de IRPF anteriores a 2013. El contribuyente adujo que el hecho de no superar el mínimo legal exigible para realizar la declaración no la obligaba a presentar la declaración y, de haberlo hecho, le hubiera sido inocuo, porque no le hubiera comportado ni una menor deuda tributaria, ni tampoco una devolución. Pero la sentencia remarca que el régimen transitorio establecido atañía a aquellos contribuyentes que se hubieran servido en ejercicios anteriores al 2013 de la efectiva deducción por dicha adquisición.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 5841/2023
  • Fecha: 20/03/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que plantea interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar la aplicabilidad del trámite previsto el artículo 33.2 LJCA, cuando el juzgador pretende incorporar al proceso otros motivos de validez de la liquidación tributaria, prescindiendo de las razones tenidas en cuenta en la liquidación, de los argumentos esgrimidos ante el TEAR y de los motivos que sustentan la demanda y contestación, respecto de los que la parte afectada no pudo defenderse.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: EMILIA GIMENEZ YUSTE
  • Nº Recurso: 949/2022
  • Fecha: 19/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia conoce de un supuesto en el que la recurrente no presentó declaración del IRPF a pesar de ser titular de una actividad económica. Se discute la existencia del elemento de la culpabilidad, y declara que el hecho de que la recurrente no cumpliese con el deber de declarar el IRPF del ejercicio no parece que requiera mayor esfuerzo argumental a la hora de apreciar el elemento subjetivo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JAVIER AGUAYO MEJIA
  • Nº Recurso: 1146/2022
  • Fecha: 19/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Las aportaciones/cotizaciones realizadas a la Mutualidad Laboral de Banca a partir del 1 de enero de 1967 hasta el 31 de diciembre de 1978, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, no fueron susceptibles de deducción en la base imponible del IRPF de acuerdo con la legislación vigente en cada momento, por lo que resulta procedente la aplicación de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, a la pensión pública por jubilación percibida de la Seguridad Social, debiendo integrarse en la base imponible del impuesto el 75% del importe de las prestaciones por jubilación o invalidez percibidas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: ISABEL HERNANDEZ PASCUAL
  • Nº Recurso: 3219/2021
  • Fecha: 15/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Trata la sentencia de la calificación que ha de darse a los rendimientos procedentes del plan pensiones de ex empleados de la Caixa, esto es, si han de han de tributar como ganancia patrimonial o como rendimiento de trabajo. Dado que los derechos por servicios pasados se integran dentro del plan de pensiones, es necesario acudir a la ley del IRPF para determinar la calificación que debe darse a las prestaciones obtenidas por el plan de pensiones. Y en este sentido, el art. 17.2 a) 3 de la ley del IRPF (18) dispone que tendrán la consideración de rendimientos de trabajo: "Las prestaciones percibidas por los beneficiarios de planes de pensiones .....". Por tanto, las prestaciones percibidas de planes de pensiones se consideran rendimientos del trabajo y deben ser objeto de integración en la base imponible general del IRPF.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE MARIA SEGURA GRAU
  • Nº Recurso: 335/2021
  • Fecha: 15/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala recoge los requisitos para apreciar la culpabilidad en la sanción: a) que la carga de la prueba y de la motivación corresponde a la Administración, b) que el acuerdo sancionador debe justificar específicamente los motivos de los que se infiere la culpabilidad c) que la simple afirmación de que no se aprecian dudas interpretativas razonables basada en una especial complejidad de las normas no constituye suficiente motivación de la sanción d) que el principio de presunción de inocencia no permite que la Administración razone la existencia de culpabilidad por exclusión, e) que no es posible sancionar por la mera referencia al resultado, sin motivar específicamente de donde se colige la existencia de culpabilidad, f) que cuando la Administración no motiva mínimamente los hechos de los que deduce que el obligado ha actuado culpablemente se debe confirmar la sanción porque lo contrario equivale a invertir la carga de la prueba, soslayando de ese modo las exigencias de la presunción de inocencia, g) que sólo cuando la Administración ha razonado, en términos precisos y suficientes, en qué extremos basa la existencia de culpabilidad , procede exigir al acusado al acusado que pruebe la existencia de una causa excluyente de responsabilidad, h) que los déficits de motivación de las resoluciones sancionadoras no pueden ser suplidas por los Tribunales Económicos porque la competencia para imponer las sanciones tributarias corresponde exclusivamente a la Administración.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 4736/2023
  • Fecha: 13/03/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Las cuestiones con interés casacional consisten en (1) Dilucidar si cabe aplicar la reducción por rendimientos irregulares prevista en el artículo 18.2 LIRPF, a las retribuciones percibidas por altos directivos que también son consejeros, con ocasión de su despido, cuando se cumplen el resto de requisitos exigidos en el precepto. (2) Determinar si, a la luz de la doctrina sentada en la sentencia del Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 22 de abril de 2014 (rec. casación para la unificación de doctrina nº 1197/2013; ES:TS:2014:3088), necesariamente se ha de entender, o no, que en los supuestos de extinción del contrato de alta dirección por desistimiento del empresario existe el derecho a una indemnización mínima obligatoria de 7 días de salario por año de trabajo, con el límite de seis mensualidades, y, por tanto, que esa cuantía de la indemnización está exenta de tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, al amparo del artículo 7.e) de la LIRPF.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL PILAR TESO GAMELLA
  • Nº Recurso: 1277/2023
  • Fecha: 13/03/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo consiste en determinar si en caso de familia monoparental es posible la ampliación del permiso de nacimiento que le hubiera correspondido al otro progenitor en igualdad de condiciones al resto de las familias para evitar la discriminación del menor.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 6867/2022
  • Fecha: 06/03/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo consiste en aclarar si la base de la sanción por dejar de ingresar la cuota tributaria está formada por la totalidad de la cuota correspondiente a la renta recalificada como gravada y no declarada o solo por el importe de la cuota diferencial que resulta de deducir la retención que fuera procedente sobre la renta recalificada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 4313/2023
  • Fecha: 06/03/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Las cuestiones que presentan interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consisten en: 1º) Determinar si la ganancia derivada de la tasación trae causa de una alteración patrimonial diferente, autónoma y posterior a la causada por la transmisión del bien operada por la ocupación de la finca. 2º) Aclarar cómo debe imputarse temporalmente la ganancia de la retasación y si es aplicable la jurisprudencia de las SSTS de 26 de mayo de 2017 y 12 de julio de 2017. 3º) Discernir si son aplicables los coeficientes de abatimiento (DT 9ª LIRPF) a las ganancias derivadas de una retasación que se produce tras el 31.12.1994, aun cuando el bien no esté afecto a actividades económicas y se hubiera adquirido antes de esa fecha; y de los intereses expropiatorios del artículo 56 LEF.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.